En el escrito presentado por el funcionario judicial, se destaca la información aportada por el senador de Proyecto Sur y el historiador Alejandro Olmos Gaona. Por Joel Esteban (Juventud Proyecto Sur)
A casi un año del inicio de la causa conocida como los “Panamá Papers”, a raíz de la investigación que publicó el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación sobre documentos vinculados a sociedades off shore del estudio panameño Mossack & Fonseca, el fiscal federal Federico Delgado presentó el 01 de febrero de 2017 un dictamen al juez Casanello del cual se desprenden varios puntos clave respecto a la causa que involucra al presidente de la Nación.
El fiscal aclara que el impacto del escándalo internacional “Panamá Papers” se dio con una serie de sociedades vinculadas a la familia Macri en un “sentido doble”. Por un lado se debe determinar si las firmas off shore en las que Franco, Mauricio y Mariano Macri aparecen como parte del directorio, cometieron algún delito, incluyendo la evasión fiscal y el posible lavado de dinero. Por el otro, constatar porqué Mauricio Macri omitió consignar datos de su participación en dichas sociedades off shore en sus declaraciones juradas, que constituyen el delito de “omisión maliciosa”.
Delgado destaca la colaboración de Fernando Pino Solanas y Alejandro Olmos Gaona al aportar información que permitió el progreso de la causa, que contrasta con el pedido reiterado en varios pasajes del dictamen que hace respecto a que la principal fuente de información hasta el momento (el Poder Ejecutivo Argentino) no suministró ningún dato relevante. En esa línea afirma: “reducir el objeto de la causa a la información que publicó el Consorcio Internacional de Periodistas sería recortar la verdad y recortar la verdad está prohibido por el artículo 18 de la Constitución Nacional y el 193 del Código Procesal Penal de la Nación. El coeficiente de adversidad de esta complejidad aumenta, si no se involucran con firmeza otras instituciones del Estado. Los jueces y fiscales no pueden acceder por si a información del exterior. Sólo pueden hacerlo a través del Poder Ejecutivo.”
Delgado denuncia en su escrito que la Unidad de Investigación Financiera (UIF) se ha limitado a accionar con un mecanismo “casi perverso” ya que suministra información que obtiene de otras oficinas similares, pero se compromete a que los jueces no la utilicen en sus investigaciones, al aclarar que dicha información debe ser chequeada oficialmente. Esto requiere un exhorto que sólo puede llevar a cabo el Poder Ejecutivo Nacional, que tampoco ha colaborado en dicho aspecto.
Como conclusión preliminar, Delgado afirma que los acontecimientos que se desarrollaron a partir de la creación de la empresa “Fleg Trading LTDA” evidentemente presentan los rasgos de lo que se conoce como lavado de dinero. Finaliza diciendo que para que la descripción técnica sea operativa hacen falta insumos, pruebas, que deben ser pedidas al exterior por medio de un exhorto, exista o no convenio de colaboración entre los países involucrados. Un caso reciente ocurrió en la causa “Lázaro Báez” en la que la cancillería intervino y logro hacer efectiva la colaboración que los magistrados Casanello y Marijuán habían requerido a la Confederación Elvética. Respecto a la causa que involucra a Macri con cuentas off shore, en cambio, nada ha hecho cancillería.
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