Habrá audiencia pública, plazos para las declaraciones juradas, y diversas incompatibilidades para quienes aspiren a ser miembros del Consejo.
En el interés de transparentar y fortalecer el Consejo de la Magistratura de la Ciudad, la Legislatura aprobó modificaciones a la ley orgánica que lo rige, estableciendo expresamente que toda designación de representantes de ese cuerpo ante el Consejo deberá ser precedida por una audiencia pública. Fija, además, plazos para la actualización de las declaraciones juradas de los consejeros antes de la finalización de su mandato.
A partir de estas modificaciones, no pueden ejercerse simultáneamente los cargos de miembro del Consejo de la Magistratura, jurado de enjuiciamiento, jurado de concursos convocados por ese organismo y juez o magistrado del Ministerio Público. Asimismo, los miembros del Consejo de la Magistratura no pueden concursar para ser designados o promovidos como jueces, juezas o integrantes del Ministerio Público mientras dure su mandato y hasta después de transcurridos dos años desde la finalización del ejercicio de sus funciones. Igual impedimento rige para los miembros suplentes, hubieren o no asumido en reemplazo de los respectivos titulares, hasta después de trascurrido un año desde la finalización del mandato del titular.
Las modificaciones a la Ley 31 (Orgánica del Consejo de la Magistratura) fueron aprobadas por unanimidad, como resultado del consenso que se alcanzó a partir del proyecto del legislador Julio Raffo (Proyecto Sur) y otra iniciativa presentada por el legislador Daniel Presti (PRO).
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