Las iniciativas de Proyecto Sur lograron aprobación en la última sesión del año: sin embargo, no se llegó a tratar la comisión investigadora para investigar la deuda pública.
En la tarde de ayer el Congreso de la Nación aprobó, por 131 votos afirmativos contra 98 negativos, la reforma y normalización integrales del Instituto de Estadísticas y Censos (INDEC). Se trata de un hecho fundamental para restituir credibilidad a un organismo público intervenido de manera irresponsable y en su particular beneficio por el Gobierno Nacional en los últimos cuatro años. El proyecto, que ya cuenta con media sanción en el Senado, deberá volver a esa cámara a fin de que se debatan y ajusten las modificaciones hechas en Diputados.
Como de costumbre, durante la sesión las apreciaciones del jefe de la bancada oficialista, Agustín Rossi, se remitieron a la ya clásica y manida prédica de que la oposición “pone palos en la rueda”: sus afirmaciones fueron poco más que dilatorias y se centraron en las presuntas facultades naturales del Ejecutivo para confeccionar políticas en aquellos organismos sobre los que tiene competencia irrestricta. Es cierto que la gobernabilidad no puede cuestionarse. Ahora bien, lo que obvió el diputado del FPV-PJ fue el hecho de que la legitimidad de un gobierno no se mide sólo por su situación de poder, sino por el buen y veraz ejercicio del mismo acorde a las leyes de la democracia. En ese sentido, lo ocurrido con el INDEC es un claro ejemplo de transgresión de los bienes públicos.
En su intervención, Claudio Lozano ?autor de las modificaciones al proyecto votado en el Senado? hizo hincapié en la dimensión real del problema: señaló la inmoral expulsión de los trabajadores, la existencia de patotas y la imposición de criterios estadísticos arbitrarios por parte del Gobierno. El diputado del interbloque Proyecto Sur señaló algunos antecedentes intervencionistas sobre el Instituto (Martínez de Hoz, Cavallo) y se refirió de manera taxativa a las apreciaciones del Consejo Asesor Académico (convocado por el propio Ejecutivo), las cuales fueron harto negativas respecto del funcionamiento del mentado organismo estadístico. Lozano criticó duramente el doble discurso del Gobierno de CFK, que dice enfrentarse con el FMI pero acata su asesoramiento a fin de negociar el pago de deuda pública ilegítima, contraída en su mayor parte durante la última dictadura militar, con el Club de París.
En su nueva composición, el Instituto Nacional de Estadísticas contará con un interventor nombrado por el Congreso, el cual se hará cargo de la fase de normalización y la revisión de lo procedido desde el 2007, incluyendo la reincorporación del personal desplazado por el “equipo” de Moreno y “manteniendo sus respectivos niveles y grados escalafonarios vigentes al 31 de diciembre de 2006 en la medida en que hubiesen sido obtenidos mediante concurso”. Asimismo, la reforma impone rigurosas condiciones de nombramiento de cargos: el director y el vicedirector serán designados previo concurso público de antecedentes y oposición. Por otra parte, la ley crea una Comisión Bicameral de control y seguimiento del sistema estadístico nacional, ahora integrada por cinco diputados y cinco senadores, al tiempo que promueve la creación de un Consejo Federal de Estadísticas y Censos como órgano plural “de articulación y concertación regional, para el diseño y planificación de políticas de Estadísticas en todo el ámbito del territorio de la República Argentina”.
El desempeño de Proyecto Sur fue clave para remediar algunas inconsistencias del proyecto aprobado con anterioridad en la Cámara Alta: el bloque liderado por Fernando “Pino” Solanas condicionó su apoyo a la propuesta a que se introdujeran en ella modificaciones sustanciales respecto de la estabilidad laboral de los trabajadores en general, y respecto de la restitución de quienes fueron despedidos por la intervención gubernamental en particular.
Cabe destacar, por otra parte, que en la misma sesión se aprobó por amplia mayoría la ley que suspende por 180 días aquellas ejecuciones hipotecarias motivadas por deudas contraídas con anterioridad a enero de 2002, cuando se dio por finalizado el régimen de convertibilidad mediante la sanción de la Ley Nº 25.561, de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario.
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