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La flota pesquera argentina debe renovarse

Por Fernando "Pino" Solanas y Alfredo Luenzo. Todos concuerdan en que la flota pesquera argentina es obsoleta y debe renovarse.

Todos concuerdan en que la flota pesquera argentina es obsoleta y debe renovarse.

Senadores, funcionarios del Poder Ejecutivo, representantes gremiales y de cámaras empresarias, coinciden en el diagnóstico del problema; no obstante es en la forma de instrumentación de esta renovación donde surgen las diferencias.

Los Senadores Pino Solanas y Alfredo Luenzo han presentado un proyecto de ley por el cual los buques pesqueros de más de 40 años de antigüedad tendrían que ser reemplazados en un plazo no mayor a cinco años. Este límite impuesto a la antigüedad de los buques pesqueros no es arbitrario dado que los hundimientos acaecidos en los últimos años han sido de buques de más de 50 años como el San Antonino, hundido en el año 2016 y que tenía una antigüedad de 58 años, el Repunte, hundido en el año 2017 y que tenía una antigüedad de 55 años, y el Rigel, hundido en el año 2018 y que tenía una antigüedad de 50 años.

Asimismo, la renovación propuesta en el proyecto de ley de los Senadores Solanas y Luenzo implica reemplazar en un plazo de cinco años MENOS del 20% de la flota pesquera argentina, específicamente los buques fresqueros de menos de 15 metros de eslora, los cuales tienen en promedio una antigüedad que bordea los 60 años, y los buques fresqueros de más de 40 metros de eslora, los cuales tienen en promedio una antigüedad de casi 50 años. El costo de reemplazar estos buques ascendería a US$400 millones. Sin embargo, algunos sectores de empresarios y gremios vinculados a la industria naval y pesquera han difundido, errónea o maliciosamente, que de aprobarse el proyecto de ley de los Senadores Solanas y Luenzo tendría que renovarse en cinco años la MITAD de la flota pesquera a un costo de US$1.300 millones.

Por el contrario, el Decreto de Necesidad y Urgencia 145/19 sancionado por el gobierno de Mauricio Macri el 26 de febrero de este año, tres días antes de iniciarse el período ordinario de sesiones en el Congreso de la Nación, otorga un plazo de MÁS de VEINTE años para reemplazar buques que en estos momentos tienen una antigüedad promedio de casi SESENTA años y que para el año 2040 tendrán una antigüedad de OCHENTA años. En los últimos 19 años ha habido 44 hundimientos con 95 víctimas fatales, por lo tanto es una certeza que en los próximos veinte años, de no renovarse la flota pesquera argentina, se produzcan AÚN MÁS hundimientos dado el incremento en la obsolescencia de los buques pesqueros.

Con respecto al financiamiento para la renovación de la flota pesquera, el proyecto de ley de los Senadores Solanas y Luenzo prevé la creación del Fondo para el Desarrollo de la Industria Naval Nacional (FODINN), el cual otorgaría líneas de créditos blandos para la construcción, transformación y reconstrucción de buques así como la adquisición de bienes de capital, equipamiento, infraestructura y tecnología para astilleros y talleres navales nacionales.

El FODINN contaría para tal fin con una partida presupuestaria de US$40 millones anuales, disponiendo de una masa de recursos de US$200 millones que a lo largo de cinco años podría financiar la construcción de hasta el 50% de los buques que deban ser reemplazados durante ese período. Tomando en cuenta además que las exportaciones de la industria pesquera argentina ascendieron el año pasado a US$2.200 millones se necesitaría destinar MENOS del 2% de las mismas para reemplazar a los buques pesqueros obsoletos.

Por otro lado, el gobierno en el DNU 145/19 establece como herramienta de financiamiento para la renovación de la flota pesquera la autorización a los armadores pesqueros para utilizar como garantía financiera el permiso de pesca del cual sean titulares, y/o la autorización de captura y/o la cuota individual de captura que detenten, permitiendo así a los armadores hipotecar un recurso que no les es propio dado que los recursos vivos del mar son dominio del Estado quien fija las reglas para la explotación de los mismos por parte de particulares, habilita a los buques pesqueros a acceder a los caladeros y concede las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC).

Cabe señalar que esta enajenación de recursos estatales fue resuelta de manera inconsulta y unilateral por el Poder Ejecutivo Nacional, el cual no participó de dicha decisión a las provincias con litoral marítimo que integran el Consejo Federal Pesquero.

Finalmente, la renovación de la flota pesquera es solo una parte de la política de pesca en Argentina, la cual para lograr un desarrollo sustentable deberá a la brevedad posible efectuar una revisión de la legislación vigente contemplando la seguridad de los trabajadores pesqueros, la preservación de los recursos ictícolas, la distribución más amplia y equitativa posible de cuotas y autorizaciones de captura, la planificación de la infraestructura portuaria con una visión federal, el desarrollo de la industria naval nacional así como la eliminación gradual del descarte pesquero.

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